Domicilia tu nómina en la cuenta remunerada de Caja Navarra

Logotipo Caja Navarra

  • 1.

    El primer año te damos una rentabilidad del 3,29% TAE (3,25% nominal anual) en tu cuenta a la vista para saldos de hasta 5.000 euros y un 80% del Euribor a un año (0,99% TAE) para saldos superiores*

  • 2.

    Además, podrás conectarte a Clavenet, nuestra banca electrónica y hacer tus transferencias nacionales a coste 0

  • 3.

    Disfrutarás de ser cliente de la Banca Cívica, una entidad financiera diferente qué te dice cuánto gana contigo y en la que tú decides a que proyectos sociales destinar ese dinero



*Condiciones aplicables a cuentas con nómina, pensión o prestación por desempleo domiciliada, durante un año a partir de la adhesión del cliente a la promoción; a partir del segundo año la rentabilidad de la cuenta será el 80% del Euribor (0,99% TAE, calculada con el Euríbor a un año de 30/04/2010: 1,236%). En caso de no existir dicha domiciliación, la cuenta se remunerará al 0,01% nominal anual. Cuenta exenta de comisión de mantenimiento durante el primer año y, a partir del segundo, siempre que en la misma haya domiciliada una nómina, pensión o prestación por desempleo o que su saldo sea superior a 100 euros (en caso contrario la comisión de mantenimiento será de 20 euros/semestre).

Oferta válida para clientes que domicilien por primera vez su nómina, pensión o prestación por desempleo en CAN antes del 30/09/2010


RBE nº 1995/10

¡Ahorra un 10%
domiciliando tus recibos!

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Preguntas frecuentes del proceso de alta


El alta de cliente incluye acceso a Clavenet (banca online), tarjeta débito y, si quieres, el Depósito .can:



Las tarifas de productos y servicios y las comisiones que se aplicarán por la realización de operaciones figuran en cada momento en el libro de tarifas y comisiones verificado por el Banco de España, que se pueden consultar en el Tablón de Anuncios. Actualmente la comisión de mantenimiento de cuentas es de 18 euros semestrales y la cuota de tarjeta de débito de 7,50 euros/semestre, importes que se aplican únicamente en los supuestos en que no sean aplicables los criterios de exención señalados más arriba.